UPA Joven denuncia que los umbrales de patrimonio previstos para obtener una beca “no tienen en cuenta las singularidades del sector agrario” y "excluye sin excepción a los hijos de los profesionales del campo". La organización agraria considera esto “un agravante más” a las trabas que tienen de por sí los jóvenes rurales para estudiar, como la obligación de irse de sus pueblos. Para que el concurso para obtener una beca “siga criterios de justicia universal”, UPA Joven ha propuesto una serie de medidas y enviado una carta al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medioambiente, solicitando que su Subsecretaría interceda por los jóvenes rurales y coordine una mesa de trabajo en la que esté el sector y el Ministerio de Educación, Ciencia y Deporte.

La rama joven de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos ha acusado de “injusto” el sistema de becas al estudio porque los umbrales de patrimonio para obtener las becas no tienen en cuenta la realidad del medio rural y "marginan a los hijos de los profesionales del campo”. Se trata de "una vieja problemática", se lamentan en UPA Joven, pero advierten de "que se está viendo agravada por la revisión catastral". Por eso, su secretario general, Lorenzo Ramos, ha enviado hoy una carta al subsecretario del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medioambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto. Ramos ha solicitado a Haddad que su Subsecretaría constituya "a la mayor brevedad posible" y coordine un grupo de trabajo en el que esté el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el sector.
En UPA Joven insisten en que estos umbrales no sólo dificultan
"enormemente" el acceso a las becas a los jóvenes que viven en el
medio rural, sino que se lo "impiden de forma tajante" a aquellos que
son hijos de agricultores y ganaderos profesionales. Dicen que a estos últimos
"no les deja ni una oportunidad", ya que los límites máximos de
patrimonio para obtener una beca están por debajo de los límites mínimos para
incorporarse a la actividad agraria. Y añaden que "el sistema deniega
automáticamente la adjudicación de la beca si el patrimonio de la unidad
familiar supera los umbrales de la convocatoria, sin tener en cuenta para nada
la renta familiar".
En la organización agraria explican que estos umbrales
producen ejemplos como que “las familias que tienen naves ganaderas o agrícolas
situadas en el casco urbano se considere que tienen fincas urbanas y computan
igual que una segunda vivienda”. “En secano”, añaden, “con unas 40 hectáreas ya
serías excluido de las becas y en regadío a partir de 16 hectáreas, 8 hectáreas
si se trata de un regadío de leñosos, como olivar o viñedo”.
"Sin embargo, con fincas de estas superficies no se
puede vivir", dicen en UPA Joven. Explican que, para una incorporación a la
actividad agraria se exigen, como mínimo de media (depende del tipo de cultivo
y la zona de España), de 90 a 110 has. en secano, de 20 a 35 has. de regadío y
de 12 a 18 has. de leñosos. Además, si la nave agrícola o ganadera está en
suelo rústico, su valor catastral computará en este punto y no como suelo
urbano.
Pero no termina ahí la discriminación, UPA Joven advierte que
“respecto al requisito del rendimiento de las actividades económicas ocurre que,
según los años y el sector, con ingresos superiores al límite establecido se
puede tener unos ingresos netos incluso negativos”. “En otras ocasiones”,
añaden, “con ingresos brutos inferiores se puede llegar a unos ingresos netos
elevados que justifiquen el quedarse fuera de los beneficiarios de las becas”.
Para superar esta “injusticia”, UPA Joven propone adecuar los
umbrales a la realidad de la actividad agrícola y ganadera, de tal forma que se
diferencie entre aquellos que tienen fincas, construcciones rurales o urbanas y
que las utilizan como medio de producción para desarrollar una actividad
agraria de aquellos que tienen estos elementos patrimoniales sin más.
La organización agraria también propone que se elimine el
límite de volumen de negocio para los agricultores y ganaderos, y que se
atienda al elemento más objetivo a la hora de valorar los ingresos realmente
disponibles: la renta de la unidad familiar.
En la organización agraria recuerdan que este “injusto”
sistema de becas “viene a aumentar el maltrato que los jóvenes rurales ya
sufren de por sí”. Explican que “el acceso a la educación es un derecho
impedido, lamentablemente en muchas ocasiones, por la situación económica”.
Este obstáculo económico es mayor para los estudiantes procedentes del medio
rural, dicen, porque están obligados a trasladarse a las ciudades. Además de
este hándicap, denuncian que “la crisis ha hecho que el número de becas
concedidas haya descendido considerablemente”, por lo que se unen al resto de
voces que “claman por considerar la educación como una política fundamente que
debe estar convenientemente dotada de presupuesto”. Por si fuera poco, dicen en
UPA Joven, no tienen acceso a este “pequeño número de becas”.
UMBRALES PATRIMONIALES
ABSURDOS. A continuación se recogen los
umbrales patrimoniales que regulan la asignación de becas públicas al estudio,
calificados como “absurdos” para la realidad del campo, según UPA Joven:
1. Fincas urbanas. La
suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a los
miembros computables de la familia, excluida la vivienda habitual, no puede
superar los 42.900 €.
2. Fincas rústicas. La
suma de los valores catastrales de las fincas rústicas pertenecientes a los
miembros computables de la familia, dividido entre el número de miembros de la
unidad familiar, no puede superar los 13.130 € por cada miembro computable.
3. Rendimientos del capital mobiliario e incrementos
patrimoniales. La suma de todos los
rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo
de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales pertenecientes a los miembros
computables de la familia, excluyendo las subvenciones recibidas para la
adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual y, en su caso, la renta
básica de emancipación, no podrá superar los 1.700,00 €.
4. Límite patrimonial conjunto. Cuando se tiene varios elementos patrimoniales de los
vistos anteriormente (es decir, fincas urbanas, rústicas o rendimientos del
capital), e individualmente no supera los límites anteriores, se calculará el
porcentaje de valor de cada elemento respecto del umbral correspondiente y se
denegará la beca cuando la suma de los referidos porcentajes supere el valor
cien.
5. Rendimientos de actividades económicas. Por último, debemos indicar otro límite, y es que también
se denegará la beca cuando se compruebe que la suma de los ingresos que se
indican a continuación obtenida por los miembros computables de la familia
supere la cantidad de 155.500 euros:
·
Ingresos procedentes de
actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva.
·
Ingresos procedentes de
una participación del conjunto de los miembros computables igual o superior al
cincuenta por ciento en actividades económicas desarrolladas a través de
entidades sin personalidad jurídica o cualquier otra clase de entidad jurídica,
una vez aplicado a los ingresos totales de las actividades el porcentaje de
participación en las mismas.
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